Muchos emprendedores tienen dudas sobre como empezar una actividad económica. Se preguntan que régimen fiscal les es más favorable y como les afectará, tanto a su gestión, como a las obligaciones fiscales. Teniendo en cuenta esta última exigencia, las obligaciones fiscales para empezar la actividad empresarial, es el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) la figura impositiva más relevante.
Contenido del artículo
¿Qué es el IRPF y como afecta para empezar una actividad o empresa?
El IRPF es un impuesto personal y directo, que grava la generación u obtención de renta. Por tanto, escoger el régimen más adecuado, por parte del emprendedor, para su tributación es un factor fundamental para determinar como afecta a nuestras obligaciones fiscales.
Básicamente, existen dos regímenes de tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para un emprendedor.
- Módulos o Estimación Objetiva
- La Estimación Directa (Simplificada o Normal).
Estimación Objetiva: Los módulos
La Estimación Objetiva es habitualmente el régimen de tributación para el IRPF escogido por los emprendedores. Su simplicidad y la eliminación de requisitos formales, hace de este régimen una modalidad de tributación atractiva para todos aquellos autónomos que desempeñan una actividad incluida entre las reflejadas en al Orden Ministerial que regula el régimen.
Esta Orden Ministerial, que se publica de forma anual, además de definir las actividades incluidas en la tributación bajo módulos, también define los índices y porcentajes, así como las unidades, con las que calcular «la verdad del módulo»
Estimación Directa: Simplificada y Normal
Básicamente, la estimación directa en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas consiste en la determinación de la renta como la diferencia entre los ingresos de la actividad y los gastos asociados a la misma. Conlleva una serie de obligaciones formales y procedimentales a las que los autónomos en Estimación Objetiva no están obligados.
Entre estas obligaciones, la más importante es la determinación del resultado y realizar los pagos a cuenta del IRPF en función de este resultado.
Tanto la Estimación Directa Simplificada como la Estimación Directa Normal conllevan las mismas obligaciones, si bien existen diferencias. Estas diferencias, son las que hacen que se tribute en Estimación Directa Simplificada o Normal.
Estimación Directa Simplificada:
Para poder aplicar el régimen de tributación en el IRPF en Estimación Directa Simplificada, se deben cumplir una serie de requisitos:
- Entre las distintas actividades, si el autónomo desarrolla más de una, ninguna esté acogida al régimen de Estimación Objetiva. Del mismo modo, ninguna de las actividades que ejerza el empresario tampoco deberá estar acogida al Régimen de Estimación Directa Normal.
- Durante el ejercicio anterior el importe neto de la cifra de negocios, medido como la suma de los ingresos de todas las actividades que desarrolle el empresario, no supere 600.000 € anuales.
- Como no puede ser de otra manera, no debe haber renunciado a su aplicación
Este régimen de Estimación Directa Simplificada, además tiene unas «reglas especiales» para la determinación de los gastos deducibles. Estas reglas son:
- Las amortizaciones de las inversiones, consideradas como inmovilizado material, se deben practicar de forma lineal en función de una tabla de amortización simplificada.
- Para el cálculo de las provisiones deducibles y los gastos de difícil justificación se cuantificarán exclusivamente aplicando el 5% sobre el rendimiento neto calculado como diferencia entre ingresos de la actividad y los gastos deducibles asociados a la actividad, con el límite de 2.000 €.
Recomendación general para empezar una actividad empresarial
Como recomendación para emprendedores que decida empezar una actividad económica, lo más recomendable es el Régimen de Estimación Directa Simplificada. Los motivos que llevan a esta conclusión son:
- A pesar de conllevar más obligaciones formales que los módulos, el régimen de tributación del IRPF bajo la Estimación Directa Simplificada, no obliga a un pago de manera recurrente, como en el caso de la Estimación objetiva.
- Los ingresos pueden conocerse por ser una actividad procedente de un traspaso o ser un negocio «heredado». Aunque se conozca de manera más o menos cierta el volumen de ingresos, puede que la actividad a desarrollar no esté incluida entre las relacionadas en la orden ministerial que desarrolla los «Módulos».
Una vez que ya se conoce se ha consolidado la actividad, y teniendo en cuenta que hemos podido aprovecharnos de las amortizaciones de las inversiones realizadas, podemos modificar nuestra declaración censal y adherirnos al régimen de módulos.