Un tema recurrente en los últimos meses es la entrada en vigor del Sistema Verifactu el próximo 31 de julio de 2025. Es importante no confundirlo con la factura electrónica, aunque ambos sistemas son complementarios, tienen objetivos distintos.
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Diferencia entre Factura Electrónica y Verifactu
La factura digital, regulada en la conocida como Ley Crea y Crece (Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas) busca evitar la morosidad y el retraso en los pagos, mientras que el reglamento aprobado en Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación, asociado al Verifactu tiene como objetivo eludir la evasión fiscal tanto de empresas como de autónomos.
Obligados a asumir el Sistema
Todas empresas que emitan facturas, salvo aquellas empresas adheridas al SII (Sistema de Información Inmediato) A estas empresas se les presupone que ya están asumiendo este reglamento y por tanto no están afectados por la entrada en vigor del VERIFACTU.
Descripción del Sistema Verifactu
El Verifactu es un sistema de la Agencia Tributaria que prohibirá la emisión de facturas mediante medios no regulados, como talonarios preconfeccionados y elaborados de puño y letra, la utilización de aplicaciones de edición de texto como Word o mediante hojas de cálculo de aplicaciones como Excel.
A partir de ahora, todas las facturas llevarán un «Hash», una firma electrónica que asegurará la correlación entre las facturas emitidas por una empresa o autónomo. Esto implica que no puede haber saltos de factura, no se pueden guardar números para una factura, ni dejar facturas pendientes.
Adhesión voluntaria al Sistema Verifactu
La adhesión al sistema Verifactu es voluntaria, aunque la no adhesión conlleva riesgos frente a la Agencia Tributaria. Los adheridos tendrán una menor presión de supervisión, ya que se asume que todas sus facturas están emitidas correctamente. Las facturas se subirán a la plataforma de la Agencia Tributaria, lo que permitirá definir un borrador del IVA más fiable en el futuro.
Quienes no se adhieran al sistema deberán cumplir con todos los requisitos, emitir facturas de manera correlativa y usar aplicaciones informáticas correctas. Además, deberán guardar archivos que verifiquen la autenticidad de las facturas. La Agencia Tributaria tendrá una mayor vigilancia sobre estas empresas.
Futuro del Sistema Verifactu
El sistema entrará en vigor el 1 de julio de 2025, aunque en la web del Ministerio de Hacienda, se ha colgado un documento que propone modificar el Real Decreto 1007/2023, que regula los requisitos de los programas informáticos que soporten procesos de facturación, prorrogando la entrada en vigor de esta nueva obligación hasta el 1 de enero de 2026 para los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades y hasta al 1 de julio de 2026 para el resto de los obligados.
Nuestra recomendación es que todo el mundo se acoja al sistema Verifactu y busque una buena aplicación para gestionar sus facturas.
Si necesitáis alguna orientación, no dudéis en poneros en contacto y os ayudaremos.